Reglamento EBTUs
¿Qué es una EBTU?
En la Universidad de Concepción, una Empresa de Base Tecnológica Universitaria o EBTU es aquella empresa que reúne las siguientes condiciones:
Para la creación de una EBTU se deben seguir el siguiente procedimiento:

1- Autorización previa
del Decano de la Facultad, jefe de Centro de Investigación o del Jefe de repartición de la Universidad al cual se encuentre adscrito el trabajador, de acuerdo a su contrato de trabajo. La autorización debe especificar:
- Cantidad de horas autorizadas para dedicar al trabajo de la EBTU
- Uso de infraestructura como laboratorios, oficinas u otras
- Uso de equipos o maquinarias de la Universidad

2- Presentar una propuesta inicial
a la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo. La propuesta debe incluir:
- Autorización previa del jefe directo (punto 1)
- Plan de negocios simplificado
- Solicitud de licenciamiento de la tecnología de la Universidad que se desea explotar
- Explicar la participación de terceros y acuerdos de colaboración con otras instituciones
- Medidas de apoyo solicitadas a la Universidad y el plazo por el que se solicitan



3- Revisión formal
por parte de la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo y envío en un plazo de 10 días los antecedentes al Comité de Propiedad Intelectual de la Universidad (CPI)

El CPI
deberá emitir, en un plazo de 60 días, un informe al Rector, para el apoyo a la iniciativa. En caso que el informe sea negativo, los solicitantes podrán presentar una nueva propuesta incorporando las recomendaciones del CPI.

¿Qué apoyos recibe una EBTU de parte de la Universidad?
Conoce más detalles en el Reglamento de Empresas de Base Tecnológica Universitaria.
(Actualizado en septiembre de 2023)
Reglamento EBTUs
¿Qué es una EBTU?
En la Universidad de Concepción, una Empresa de Base Tecnológica Universitaria o EBTU es aquella empresa que reúne las siguientes condiciones:
Para la creación de una EBTU se deben seguir el siguiente procedimiento:

1- Autorización previa
del Decano de la Facultad, jefe de Centro de Investigación o del Jefe de repartición de la Universidad al cual se encuentre adscrito el trabajador, de acuerdo a su contrato de trabajo. La autorización debe especificar:
- Cantidad de horas autorizadas para dedicar al trabajo de la EBTU
- Uso de infraestructura como laboratorios, oficinas u otras
- Uso de equipos o maquinarias de la Universidad


2- Presentar una propuesta inicial
a la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo. La propuesta debe incluir:
- Autorización previa del jefe directo (punto 1)
- Plan de negocios simplificado
- Solicitud de licenciamiento de la tecnología de la Universidad que se desea explotar
- Explicar la participación de terceros y acuerdos de colaboración con otras instituciones
- Medidas de apoyo solicitadas a la Universidad y el plazo por el que se solicitan


3- Revisión formal
por parte de la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo y envío en un plazo de 10 días los antecedentes al Comité de Propiedad Intelectual de la Universidad (CPI)


El CPI
deberá emitir, en un plazo de 60 días, un informe al Rector, para el apoyo a la iniciativa. En caso que el informe sea negativo, los solicitantes podrán presentar una nueva propuesta incorporando las recomendaciones del CPI.